EXTRACTO REGLAMENTO INTERNO / DEL AMBITO ECONÓMICO Y DISCIPLINARIO
De los aranceles:
- La contraprestación de la institución es indivisible, ya que los aranceles se establecen con- siderando toda la enseñanza a impartir durante el ciclo lectivo, la obligación de pago es única, aun cuando pueda ser cancelada en cuotas.
- Las cuotas son 11 (once) y se pagan de Febrero a Diciembre, más la matrícula anual de re- serva de vacante, cuyo último vencimiento será el 15 de Febrero de cada año. Las cuotas se abonan del 1 al 10 de cada El retraso en el pago generará mora. Todo importe abonado en mora devengará un interés punitorio que se calculará desde la fecha de mora hasta la efectivización del pago.
- Una vez adeudado el pago de dos (2) cuotas mensuales, será considerado morosidad de pago lo que facultará a la Institución a condicionar la concurrencia y/o permanencia del alumno, según lo dispongan las normas vigentes al momento de producirse el incumplimiento y de- biendo en ese caso firmar un nuevo contrato con garantía de pago documentado.
- El desistimiento del alumno no dará derecho a la devolución del monto
- Los importes de aranceles establecidos estarán sujetos a revisión bimestral, pudiendo ser modificados en caso de producirse cambios en las condiciones económicas imperantes o por la dinámica inflacionaria que atraviese el país.
- El alumno que no inicie el cursado o desista de continuar los estudios durante el mismo, de- berá comunicarlo al establecimiento en forma fehaciente por medio de una nota y abonar los aranceles hasta la fecha en que presenta la baja. El incumplimiento de esta cláusula continuará devengando deuda en la cuenta corriente del alumno. (Según artículo Nº 33 del Extracto del Reglamento Interno).
- Ante situaciones de índole sanitaria u otras que modifiquen la normal asistencia de los alumnos al establecimiento, obligando al uso de las herramientas tecnológicas disponibles para completar los contenidos pedagógicos a distancia, se establece, que el pago de la cuota no puede ser objetado y es de cumplimiento obligatorio, independiente de que las clases se desarrollen de manera presencial o virtual.
De la admisión:
- La Institución se reserva el derecho de admisión y permanencia en los términos del régimen disciplinario establecido en el reglamento interno (Artículo Nº26). En consecuencia, la ad- misión de un alumno en un ciclo lectivo no obliga a admitirlo como tal para otro ciclo lecti-
- La Institución se reserva el derecho de suspender o separar del establecimiento a cualquier alumno que, por actos de indisciplina y/o irresponsabilidad, atente contra la misión de la misma y/o la integridad de sus pares. Las medidas a adoptar en dichas situaciones serán estipuladas por las autoridades.
De los alumnos:
- El alumno deberá declarar conocer y aceptar el Reglamento Interno de la Institución (Solici- tar ejemplar de muestra si se requiere).
- El alumno deberá confirmar que toda la información de carácter personal provista a la insti- tución (IFSSA), en el proceso de matriculación y durante la permanencia del mismo en el establecimiento, no ha sido alterada, es real y fidedigna.
- El alumno presta consentimiento a hacer uso de su imagen personal, en cuestiones destina- das a la promoción o publicidad de la Institución y sus actividades a futuro. También, al uso del sistema de cámaras en las instalaciones del establecimiento, factor imprescindible para el registro de todas las actividades y la seguridad en los espacios de uso común.